Ha sido aprobada en el Congreso de los Diputados el pasado 17 de junio la reforma de la Ley 3/2004 de 29 de diciembre – EDJ 2004/184272-, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. En líneas generales con esta reforma se pretende agilizar el cobro de las deudas que surjan de las operaciones comerciales entre empresas o entre empresas y la Administración, así como entre los contratistas principales y sus proveedores y subcontratistas, si bien está sujeta a un periodo transitorio, de manera que hasta el año 2013, se retrasarán la adopción de alguna de las medidas, como será la reducción progresiva a un máximo de 30 días el plazo de pago que tendrá el sector público o el plazo máximo de 60 días por parte de las sociedades a los proveedores. Además se ha conseguido con la reforma eliminar la cláusula “salvo acuerdo de las partes” que permita modificar los citados plazos en perjuicio de la parte más débil en la relación contractual.
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