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Publicado el 20/4/2017
Nos permitimos RECORDARLE que: |
A partir del 1 de enero de 2017 habrá que enviar antes las facturas Debe remitir las facturas a sus clientes que sean empresarios o profesionales antes del día 16 del mes siguiente a la fecha en que se haya devengado el IVA de las operaciones facturadas. A partir del 1 de enero de 2017, las facturas tienen que ser expedidas y remitidas al cliente antes del día 16 del mes siguiente a la fecha en que devengue el IVA de esas operaciones (que es, con carácter general, cuando se consideran entregados los bienes o prestados los servicios objeto de facturación).
A partir del 1 de enero de 2017 hay menos posibilidades de aplazar o fraccionar los pagos a Hacienda Desde esa fecha, no se aceptarán las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de: - Las retenciones e ingresos a cuenta practicados por un empresario o profesional. - Las derivadas de tributos que deban ser legalmente repercutidos salvo que se justifique debidamente que las cuotas repercutidas no han sido efectivamente pagadas. (Así, el pago del IVA no se podrá aplazar salvo que pueda acreditarse que no ha sido cobrado). - Los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades. - Las que resulten de haber perdido un recurso o reclamación (en vía económico-administrativa o contencioso-administrativa) si durante la tramitación del proceso se suspendió la ejecución. Los aplazamientos o fraccionamientos cuyos procedimientos se hayan iniciado antes del 1 de enero de 2017 se regirán por la normativa anterior a dicha fecha hasta su conclusión. Además, las deudas que no son aplazables tampoco podrán pagarse en especie.
A partir del 1 de enero de 2017 podrá ser autónomo a tiempo parcial La actividad autónoma podrá realizarse a tiempo completo o a tiempo parcial. - Los trabajadores por cuenta propia que ejerzan su actividad a tiempo parcial estarán incluidos en el Régimen de la Seguridad Social de Trabajadores Autónomos. - La Ley podrá establecer un sistema de cotización a tiempo parcial para los trabajadores autónomos, para determinadas actividades o colectivos y durante determinados periodos de su vida laboral. En su defecto, se aplicarán las normas aplicables a los trabajadores contratados a tiempo parcial.
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